El comunicado explica que en los «grandes conglomerados urbanos con circulación viral, no se permitirán las salidas de esparcimiento de una hora», y agrega que es aislamiento preventivo, social y obligatorio, continuará sin modificaciones.
El comunicado también aclara que esta medida fue comunicada previamente y cuenta con el aval del Gobierno nacional.
Las salidas estarán permitidas solo en las localidades de baja densidad poblacional y escasa o nula circulación viral
El gobierno nacional prorrogó hoy, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el próximo 10 de mayo para contener la pandemia de coronavirus Covid-19 y habilitó las salidas breves facultando a las jurisdicciones a establecer el otorgamiento de los permisos.El artículo 8 del DNU dice que “las personas que deben cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio podrán realizar una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y antes de las 20 horas”. Pero también aclara que: «Las autoridades de cada jurisdicción tomarán las decisiones sobre las salidas y “en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos departamentos o partidos de la jurisdicción a su cargo”
El DNU también autoriza a los gobernadores y las gobernadoras a decidir excepciones a la prohibición de circular para determinadas actividades y servicios en forma localizada.