El Gobierno habilita nuevos rubros y actividades desde el lunes

Se flexibiliza la cuarentena para algunas actividades, bajo estrictas normas preventivas y de atención por turnos.

Mediante la Decisión Administrativa 524, el gobierno nacional detalla que desde el lunes 20 estarán incluídas entre las exceptuadas de la cuarentena, las siguientes actividades:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de Rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. (cabe destacar que en ningún caso podrán abrir la atención al público)

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. Sólo trámites y pagos a realizar de forma virtual..

9. Establecimientos para la atención de las víctimas de violencia de género.

10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

El ámbito de aplicación serán las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.

Será atribución de cada gobernador y del jefe de Gabinete la suspensión parcial o total de alguna de estas actividades, dentro de su ámbito de aplicación.

En otro punto, la norma señala: “En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus”.

Las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.

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